
Noticias Argentinas difundió que para implementar el cambio, derogó las pautas de patentabilidad para invenciones en el sector que regían desde 2012 y amplió las facultades del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI).
La medida se oficializó mediante la Resolución Conjunta 1/2026, suscripta por los ministerios de Salud y Economía junto con el INPI, y marca el fin de un marco normativo que restringía el otorgamiento de patentes en el sector salud bajo criterios específicos de examen.
A partir de la entrada en vigencia de la norma, el INPI recupera la facultad de evaluar cada solicitud de manera individual, aplicando los requisitos generales de novedad, actividad inventiva y aplicación industrial establecidos en la Ley de Patentes.
El ministro de Modernización, Federico Sturzenegger, señaló que con esta decisión la Argentina se alinea con los estándares internacionales de propiedad intelectual que respetan sus socios comerciales, incluido Estados Unidos, y destacó que el acuerdo abre el mercado doméstico de ese país a la industria farmacéutica local.
Además, afirmó que el INPI analizará cada solicitud caso por caso conforme a la ley, sin restricciones adicionales, y aclaró que la derogación rige hacia adelante, por lo que los productos ya comercializados no se verán afectados y podrán seguir en el mercado sin restricciones ni retribuciones adicionales.
Según los considerandos de la norma, el fortalecimiento de los derechos de propiedad intelectual es importante para promover la innovación e incrementar la disponibilidad de nuevos productos químico-farmacéuticos. En esa línea, también se sostiene que contar con regímenes de patentamiento favorece una mayor velocidad en el lanzamiento de nuevas drogas, incluso en países en desarrollo.
La regulación derogada establecía limitaciones técnicas para diversas categorías de invenciones. En el caso de los polimorfos —diferentes formas cristalinas de una misma sustancia—, la norma de 2012 consideraba que no eran patentables por tratarse de una mera identificación de propiedades de la materia.
Asimismo, excluía a sales, ésteres y otros derivados al considerarlos la misma sustancia ya conocida por el estado de la técnica. También rechazaba las patentes de segunda indicación médica y de dosificación o dosis, al interpretarlas como métodos de tratamiento médico no patentables.
Con el nuevo esquema, el análisis de patentabilidad se realizará caso por caso, de acuerdo con los requisitos establecidos por la Ley N.º 24.481.
El Gobierno sostiene que la derogación busca generar condiciones de previsibilidad y seguridad jurídica que faciliten la introducción de innovaciones y contribuyan al bienestar general. Además, argumenta que mantener las guías anteriores resultaba inapropiado frente a la pérdida de beneficios para la sociedad asociados a la innovación.